La Casa de Colón, como institución pública, dependiente del Cabildo de Gran Canaria, potencia el uso social y educativo para convertirse en un espacio de conocimiento, debate, vínculo social y participación, y pone el conocimiento, la colección y los recursos al servicio del público.

Social, un museo para todas y todos

La Casa de Colón, un museo y espacio social de conocimiento y participación para audiencias diversas. Al respecto se propone:

■  Incrementar la rentabilidad social del museo y convertirse en un museo dinámico y abierto a todas y todos, donde la visita sea una experiencia de calidad.

■  Incrementar el número de visitantes y aumentar la diversificación de públicos.

■  Promover el conocimiento y disfrutar dela historia y el arte a través de las colecciones y los programas.

■  Extender la estrategia digital a todos los ámbitos del museo y potenciar las redes sociales y la participación.

■  Lograr la accesibilidad universal.

Colección

La Casa de Colón tiene por objetivo la consecución de los siguientes fines:

■  Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y mejora de los bienes del Patrimonio Histórico insular adscritos al mismo.

■  Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su contemplación y estudio.

■  Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a los investigadores.

■  Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y actividades de divulgación cultural.

■  Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas para el cumplimiento de sus fines.

■  Prestar los servicios de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter científico o técnico que le sean requeridos por los órganos competentes de la Administración Insular o que se deriven de los convenios o contratos otorgados con entidades públicas o privadas, con personas físicas, en las condiciones y con los requisitos que reglamentariamente se determinen.